Crédito refaccionario
Son créditos con garantía a mediano o largo plazo para financiar, principalmente, activos fijos tangibles, inversiones a largo plazo, como la liquidación de pasivos por adeudos fiscales. o Son créditos para la industria, se destinan para adquirir maquinaria, equipo, instalaciones, construcciones en general bien muebles e inmuebles. Así como, para liquidar adeudos fiscales o pasivos relacionados con la operación.
- Los créditos para la agricultura se destinan para la adquisición de maquinaria, equipo, instalaciones, construcciones (bodegas, forrajes, apertura de tierras de cultivo, etc.) así como, útiles de labranza, aperos y abonos. También puede aplicar a adeudos fiscales o pasivos relacionados con la operación. Tiene un plazo de quince años en la industria y de cinco años en la agricultura y ganadería; generalmente se otorga a diez y tres años respectivamente.
- El importe del crédito no deberá exceder del 75% si se otorgan garantías adicionales para que el crédito represente como máximo el 66% del valor total de las garantías.
- La operación se documenta con pagarés y el pago de intereses generalmente mensuales, la amortización del capital es mensual.
- Las garantías son sobre activos fijos tangibles.
Crédito de habilitación y avío
Crédito con garantía a corto o mediano plazo, máximo autorizado cinco años, se utiliza para financiar
la producción de la actividad industrial, agrícola y ganadera. o Créditos para la industria, se destinan
para adquirir materias primas, materiales, mano de obra y los costos relacionados con la producción
en proceso.
- Los créditos para la agricultura se destinan a la compra de semillas, fertilizantes, insecticidas, fungicidas, así como refacciones y reparación la maquinaria agrícola, costos para la reparación de la tierra.
- Créditos para la ganadería se destinan para compra de ganado de engorda, alimentos, forraje, cultivo de pastos, extracción de agua, vacunas, mano de obra y financiamientos de los relacionados con la ganadería.
- El crédito no excede del 75% de las compara o costos que se eroguen, los cuales pueden alcanzar el 100% si se otorgan garantías adicionales para que el crédito represente, como máximo, el 66% del valor total de las garantías.
- Las garantías las constituyen: los bienes adquiridos, los frutos, productos o usufructos que se obtengan del crédito. Se establece mediante contratos privados, que se ratifican ante corredor público y se suscribe el gravamen sobre las garantías en el registro público de la propiedad. Se documenta con un contrato y se firma un pagaré por la cantidad total o uno por cada vencimiento, liquidando los intereses sobre saldos insolutos, los intereses son ajustables dependido de la tasa del mercado para este tipo de operaciones.
- La tasa es variable, la cual puede ser Costo Porcentual Promedio (CPP), Tasa Certificados de la Tesorería de la Federación (Cetes), más una sobre tasa fijada por el banco acreditante. La apertura del crédito podrá cobrarse un porcentaje sobre el importe total del financiamiento a la firma del contrato. Se puede amortizar el préstamo según las necesidades del cliente.

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